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Vuelve en marzo la obligatoriedad
del trámite “fe de vida” para
jubilados y pensionados

JUBILACIONES / PENSIONES – POR LA ABOGADA MARÍA PAULA ALBORNOZ
ABOGADA: M.P 10-512 – CONULTAS: 3571-417148

AB. MARIA PAULA ALBORNOZ

Desde este mes los jubilados/as y pensionados/as que cobran sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberán tramitar la certificación de “fe de vida”, conocida comúnmente como “supervivencia”, de manera mensual ante el banco donde cobran sus haberes. SIGUE ABAJO

Dicho trámite se había dejado de lado en medio de las restricciones más duras por la primera ola de contagios de COVID-19. ANSES solicitó a las entidades bancarias que la “fe de vida” ya no se realice de forma presencial y simplifiquen el trámite, es por ello que los bancos deberán ofrecer alternativas digitales para que las jubilados/as y pensionados/as puedan elegir de qué forma hacer dicho trámite. SIGUE ABAJO

Dos preguntas frecuentes ante el regreso de este trámite son las siguientes: ¿quiénes deben tramitarlo?, y ¿dónde deben hacerlo? En cuanto a la primer pregunta deben hacerlo todos aquellos beneficiarios de una jubilación o pensión (residentes en el país o el extranjero), y en cuanto a la segunda pregunta deben tramitarlo en el banco donde cobra; dicha entidad determinará la frecuencia y la forma del trámite. Las formas más utilizadas para los residentes en Argentina son: cobrar la jubilación o pensión por ventanilla en el banco, realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria, poner la huella digital en los diferentes tótems de los bancos, registrarse en una APP del banco que tenga identificación biométrica, etc.
Para aquellos jubilados/as y pensionados/as que residan en el extranjero y cobran haberes a través de un banco apoderado, deben ir personalmente cada seis meses a un consulado argentino para que le emitan dicho certificado y de manera posterior presentarlo ante el banco o ante la ANSES a través de los mecanismos previstos para este fin. Vale aclarar que en Córdoba, desde hace más de dos años Bancor y la Caja de Jubilaciones de la Provincia no solicitan el trámite, y así seguirá siendo ya que cotejan dichos datos de otra manera, por eso es fundamental analizar cada situación particular. SIGUE ABAJO

Es muy importante que todos nuestros jubilados/as y pensionados/as como así también sus familiares conozcan esta noticia y el regreso de este trámite para que puedan retomarlo sin inconvenientes, ya que el beneficiario que no lo realice puede sufrir la suspensión del cobro de su haber y para revertir esta situación además de realizar el trámite, puede que el próximo cobro demore hasta sesenta días, aclaró ANSES.


María Paula Albornoz.
Abogada: M.P 10-512
Por consultas: (03571) 15417148.

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