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La Corte dejó firmes las condenas por el atentado contra Fábrica Militar de Río Tercero

La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las condenas contra tres militares retirados sentenciados a 13 y 10 años de prisión por el atentado contra Fábrica Militar de Río Tercero, que provocó la muerte de 7 personas el 3 de noviembre de 1995, dejó más de 300 heridos y destruyó una gran cantidad de viviendas.
Con este fallo, quedó confirmada la certeza judicial de que se trató de “un atentado explosivo intencional que tuvo como objetivo borrar pruebas de la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador durante el gobierno de Carlos Menem. SIGUE ABAJO

Los condenados son el entonces director de la Fábrica Militar Jorge Antonio Cornejo Torino, el director de Producción Carlos Franke y el entonces director de Coordinación Empresaria Edberto González de la Vega, que recibieron 13 años de prisión; y Marcelo Gatto, entonces jefe de Producción Mecánica, que recibió 10 años. Fueron encontrados responsables del delito de estrago doloso seguido de muerte.
Cornejo Torino está detenido en Salta; Franke, en la cárcel de Ezeiza; González de la Vega murió y Gatto cumple prisión domiciliaria por razones de salud. SIGUE ABAJO

El máximo Tribunal rechazó por unanimidad los recursos deducidos por las defensas de Cornejo Torino, Gatto y González de la Vega. Con los votos de Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, también rechazó el recurso deducido por la defensa de Franke.
Esta decisión dejó firme la sentencia del 19 de diciembre de 2017 que habían firmado los jueces de la Sala III de la Cámara de Casación, Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Gustavo Hornos, que había confirmado las condenas.
Los camaristas señalaron en ese fallo, que ahora quedó firme, que el incendio fue intencional y programado y que, además, fue colocado un artefacto que hizo que el fuego se expandiera por la fábrica, que quedó prácticamente destruida y fue imposible apagar las llamas.
Los jueces dijeron que el atentado buscó justificar la faltante de armas producida a partir del envío en secreto de armas a Ecuador y Croacia ocurrido en la presidencia de Carlos Menem.
Menem murió el 14 de febrero pasado. La Justicia primero lo absolvió, luego lo condenó y luego nuevamente lo absolvió en la causa por el contrabando de armas. Cuando Menem murió, la Corte estaba revisando esta absolución.
La jueza Ledesma en su voto había dicho que se tenían por acreditados “la ocurrencia de los hechos y el grado de responsabilidad que les cupo a los encartados, sin que se constate la existencia de algún supuesto de arbitrariedad en tal labor”.
Dijo que la a Fábrica Militar de Río Tercero operaba en un marco de irregularidades consentidas, no solo por quienes detentaban la Jefatura al momento de la explosión, Cornejo Torino y Quiroga [ya fallecido], como también de quien tenía el control del sector de la Planta de Cargas, donde se dan comienzo los estragos, es decir, el Mayor Marcelo Gatto“.
Señaló que “la flexibilidad absoluta de controles, especialmente el día y hora del suceso (3 de noviembre de 1995, aproximadamente a las 8.55), el ingreso de material bélico que se camuflaba con pintadas de logos y colores de otros países y el faltante de aquel material que se ha visto corroborado con pericias técnicas, los movimientos de vehículos que ingresaban y egresaban sin especificación de destinos, transporte, cargas y descargas de material sin debido registro contable, era conocido por la Dirección General de Fabricaciones Militares, especialmente por los encargados de Producción Militar y Comercialización, Coroneles Carlos Jorge Franke y Edberto González de la Vega”.


Para la jueza hubo un “hilo conductor, que lo que ocurrió antes y, especialmente con la explosión, fue producto de decisiones adoptadas por los más altos niveles con la debida participación además de altos funcionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares y especialmente de la Fábrica Militar Río Tercero.
En su voto, el juez Hornos, apoyó las conclusiones de Ledesma y enfatizó que si bien pasaron más de 20 años desde los hechos, no puede ignorarse que fueron perpetrados con todos los recursos y garantías de impunidad que el accionar con la aquiescencia del Estado conlleva.
“La explosión fue producto de decisiones adoptadas por los más altos niveles, con la participación de altos funcionarios tanto de la Dirección General de Fabricaciones Militares como de la Fábrica Militar de Río Tercero y que tuvo por fin ocultar el envió al extranjero de armas que a la fecha del hecho apenas llevaba unos meses de investigación”, escribió.
Precisamente, el magistrado destacó que en el planeamiento y ejecución del atentado participaron diversos e importantes funcionarios tanto de las Fuerzas Armadas como del Poder Ejecutivo Nacional, y que no puede ignorarse que las estructuras y los recursos del Estado habían sido utilizados no solamente para perpetrar la voladura, sino también para intentar garantizar la impunidad de sus ejecutores e ideólogos.

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