Elevan a juicio causa de asesor contable de Río Tercero acusado de ejercicio ilegal de la profesión de contador

La Justicia de Río Tercero elevó a juicio una causa que involucra a un conocido asesor contable de Río Tercero que fue denunciado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas por ejercicio ilegal de la profesión de contador.

Este lunes 1° de junio de 2026, el Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia y Penal Juvenil y Faltas de la ciudad de Río Tercero, a cargo de Sonia Pippi, dictó la Resolución N° 64, mediante la cual rechazó la oposición formulada por la defensa del imputado en la causa caratulada Ejercicio ilegal de la profesión.
La decisión judicial despeja el camino hacia el debate oral y público, en una causa que investiga el desempeño no autorizado de actividades propias de las ciencias económicas.
Los hechos investigados habrían ocurrido entre el 3 de octubre de 2019 y el 10 de agosto de 2021. Según surge de la investigación fiscal, el imputado habría prestado servicios de asesoramiento contable e impositivo a diversos clientes -entre ellos productores agropecuarios, personas jurídicas y fidecomisos- desde un domicilio ubicado en el centro de la ciudad de Río Tercero.

Las tareas atribuidas incluyen la confección de declaraciones juradas de IVA e Ingresos Brutos, convenios multilaterales, declaraciones de aportes sindicales, fiscalización electrónica ante AFIP, papeles de trabajo sobre bases imponibles, liquidaciones laborales y previsionales, e informes sobre deudas tributarias pendientes, entre otras actividades.

Dichas tareas configurarían actos propios y exclusivos de los profesionales de las ciencias económicas, en los términos del artículo 13 apartado «a» del inciso 1° de la Ley Nacional 20.488 (Estatuto Profesional de Ciencias Económicas).
La investigación fue impulsada a partir de una denuncia presentada por representantes del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba, quienes advirtieron que el imputado carecía de título universitario habilitante y de matrícula profesional, extremos que fueron corroborados mediante consulta a los registros del Consejo.
A ello se sumó una fiscalización externa realizada en el domicilio del imputado, en la que se constató que el propio imputado reconoció dedicarse a tareas de asesoramiento impositivo, identificándose mediante un sello con la leyenda «Asesoramiento impositivo».
En el marco de la investigación fiscal, se adoptaron diversas medidas probatorias: se practicó un allanamiento con secuestro de abundante documentación -carpetas de trabajo, declaraciones juradas, libros de IVA y comprobantes vinculados a múltiples contribuyentes-; se realizaron pericias informáticas sobre dispositivos electrónicos secuestrados; se llevó a cabo un peritaje contable a cargo de perito oficial; y se recabó prueba testimonial de diversas personas. Asimismo, se relevó un sitio web de titularidad del imputado en el que se publicitaba la prestación de servicios impositivos, laborales y de asesoramiento, en abierta contradicción con su falta de habilitación profesional.
Con el mérito de ese acervo probatorio, la Fiscalía a cargo del Fiscal Nicolás Torres formuló el requerimiento de citación a juicio -acusación formal- sosteniendo que la conducta del imputado encuadra en el delito de ejercicio ilegal de la profesión, previsto en el artículo 13 apartado «a» del inciso 1° de la Ley 20.488, concordante con el artículo 247 del Código Penal. Frente a ello, la defensa del acusado planteó su oposición, cuestionando la procedencia del juicio.
El Juzgado de Control analizó los argumentos de ambas partes y, mediante la Resolución N° 64 del 1 de junio de 2026, resolvió rechazar la oposición defensiva, declarando la validez formal y sustancial de la acusación fiscal. En consecuencia, la causa queda en condiciones de avanzar hacia el juicio oral y público, instancia en la que un tribunal de juicio deberá resolver definitivamente la responsabilidad penal del imputado.
«El caso refleja el compromiso del Ministerio Público Fiscal con la protección del ejercicio legítimo y regulado de las profesiones, garantizando que quienes desarrollen actividades reservadas por ley a profesionales matriculados respondan ante la Justicia cuando actúan sin la habilitación correspondiente», se manifestó desde la Justicia local.
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Decía Asesor Contable. No contador. ESta Argentina es genial venden la Patria y votan para que la rematen. Hay psicólogos pero van a Reiki. Hay médicos y van a videntes, numerología y otros. Si dijo asesoramiento contable esa persona no mintió