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Elecciones PASO 2021: de cuánto es la multa si no voy a votar

Si un elector no emite el voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de 50 pesos. Si no lo hace tanto en las PASO, que serán el domingo próximo, como en las generales, que tendrán lugar en noviembre, deberá abonar una multa de otros $100, que se acumularán a los $50 correspondientes a la primera infracción. Por lo tanto, terminará abonando un total de $150 en concepto de multas.


LOS MOTIVOS PARA ESTAR EXCEPTUADOS DE VOTAR
Hay situaciones en las que se puede justificar la falta del sufragio. Las dos más comunes son: que por motivos de fuerza mayor el elector se encuentre lejos del lugar de donde se debía emitir el voto (según el padrón electoral) y por enfermedad.


Ambas necesitan de un certificado que lo acredite y el mismo debe ser presentado antes de los 60 días pasados la elección. Puede ser la denuncia en la comisaría más cercana para demostrar que se estaba a más de 500 kilómetros o puede ser un certificado médico.
Sin embargo, el coronavirus ahora es un nuevo motivo por el cual también se pueden ausentar sin pagar una multa.


La Cámara Nacional Electoral ahora exceptuó de votar a quienes tengan Covid-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que, por ser grupo de riesgo, tengan indicación médica de no ir a votar. Siempre se deberá acompañar un certificado que lo acredite.
Asimismo, también podrán omitir el voto quienes hayan recibido la noticia de un contacto estrecho o presenten un síntoma en el momento en el que están en el lugar donde debían votar.

Aquellos ciudadanos que habiendo infringido en la obligación de votar y no regularizaran su situación pagando la multa correspondiente, se verán sancionados no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales, durante un año. Esto se encuentra notificado en la web del padrón electoral: www.padronelectoral.org
¿COMO ABONO LA MULTA POR NO HABER VOTADO EN LAS PASO?
En primera instancia el elector debe constatar que se encuentra presente en el Registro de Infractores. Luego el sistema le permitirá acceder a la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.
La multa podrá ser abonada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.

El voto en las PASO es obligatorio para todas las personas de 18 años de edad, o más. Quienes se hayan ausentado, además de la multa, quedarán imposibilitados de cumplir con ciertos derechos civiles.

Hay algunas excepciones, en donde los ciudadanos están legalmente exceptuados de votar:

Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.
PASO 2021: QUÉ PASA SI TENGO COVID
Las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar.

El comunicado oficial de la CNE indicó: “En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”.

En caso de querer votar igual, cada distrito se hará cargo de los mecanismos para facilitar el voto: “El juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas que, eventualmente y pese a estar comprendidas en lo previsto en el párrafo anterior, exijan ejercer su derecho al sufragio. El procedimiento deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas”.

NO PUEDO IR A VOTAR: CÓMO AVISO
Quienes se hayan ausentado tendrán un lapso de 60 días para cargar la documentación que justifique la ausencia. De no hacerlo, la persona quedará registrada como infractor y deberá abonar una multa de $ 50 para las PASO y de $ 100 en las elecciones generales.

La ausencia puede justificarse de manera online a través de la página de infractores, en la que cualquier persona puede consultar su estado como infractor o no:

Ingresar a la página infractores.padron.gob.ar
Completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación. Luego, clickear en el botón “Consultar”.

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