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Qué dice la nueva fórmula jubilatoria convertida en ley por el Senado y que Javier Milei dijo que vetará

El Senado de la Nación sancionó por 61 votos a favor y 8 en contra la ley que establece cambios al actual sistema de movilidad jubilatoria. El proyecto ya contaba con media sanción de Diputados desde el 5 de junio pasado.


En pocas palabras, la ley establece un ajuste mensual por el Índice de Precios al Consumidor del Indec (IPC), un plus de un 8,1% para recuperar la suba de precios de enero y que el haber mínimo tiene que ser equivalente al 1,09% del valor que tiene la canasta alimentaria total (CBT) para una persona.


El proyecto que se aprobó y que ahora pasará al Ejecutivo nacional establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo.


Además, incorpora una compensación extra -o “empalme”- del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó para enero un ajuste del 12,5% que no cubrió el 20,6% de inflación que tuvo ese mes. Con este mecanismo, el haber mínimo garantizaría la cobertura de la canasta básica del adulto mayor.


El Ejecutivo insistió en que esto fuera a partir de julio y la oposición lo quiere retroactivo desde febrero. Esto último es lo que se impuso.
Además, se dispone que el haber mínimo no podrá ser inferior a 1,09 canastas básicas por adulto (que publica mensualmente el INDEC y define la línea de pobreza), lo que equivale a $321.600 en julio.


Finalmente, el proyecto propone que la fórmula de movilidad no dependa sólo de la inflación sino que también tenga en cuenta los salarios. De esta manera, en caso de que el índice de inflación quedara por debajo del de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estatales (RIPTE), los jubilados recibirían el 50% de esa diferencia a través de un ajuste semestral.
Eso habilita la posibilidad de mejorar las jubilaciones en contextos de crecimiento económico. Bajo este precepto, el IPC no se convertirá en un techo para los haberes. Otro punto que el Gobierno no tolera y que quedó sancionado.
Para evitar que la actualización de la canasta básica -que se efectiviza después del pago de los haberes- no quede desfasada, se optó por empujar en ese sentido un mínimo equivalente a 1,09. Eso tampoco es avalado por la Casa Rosada.


COMO SE VOTÓ
En una votación en la que el bloque de Unión por la Patria y la Unión Cívica Radical lograron un acuerdo para avanzar con el proyecto que llegó de Diputados con media sanción -ahí también votaron en conjunto- se impusieron con el acompañamiento del bloque del PRO, y miembros de los bloques provinciales, lo que significó que se aprobó con los dos tercios.
Horas más tarde, la Oficina del Presidente emitió un comunicado donde confirmó la decisión del Poder Ejecutivo de vetar el proyecto que ya tuvo la aprobación en las dos cámaras. “En un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implicaría necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos, o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”, expresaron.

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