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Veda electoral: qué es, cuándo empieza y termina y qué no se puede hacer en ese tiempo

Este domingo 19 la Argentina votará en el balotaje 2023 para elegir presidente de la nación y por eso desde hoy viernes 17, a las 8, rige la veda electoral.
Por tal motivo durante la veda quedarán prohibidas varias actividades. A continuación, conocé qué es, cuándo empieza, cuánto dura y qué no se puede hacer. SIGUE ABAJO


Qué es la veda electoral
En este lapso, que rige desde 48 horas antes de la apertura en los centros de votación, el Código Nacional Electoral prohíbe una serie de acciones tanto para los candidatos y sus partidos, como para los ciudadanos. SIGUE ABAJO


Esta medida tiene como objetivo lograr el silencio electoral ya que no se permiten realizar actos ni propagandas políticas.
La veda electoral comenzó este viernes 17 de noviembre desde las 8 de la mañana y a partir de ahí quedarán prohibidas varias actividades las cuales están destalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. SIGUE ABAJO


El plazo de la veda electoral se extenderá hasta las 21 horas del domingo 19 de agosto, tres horas después de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Las mismas se aplican tanto a candidatos y a los votantes. SIGUE ABAJO


QUÉ INCLUYE LA VEDA
-Entre las actividades abarcadas por la veda se encuentra la prohibición de realizar actos de campañas por parte de los candidatos presidenciales. También está prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.
-Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” va desde los 2 meses a los 2 años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión”.
-Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.
-La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
-En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.
-También dejarán de percibir, según la norma, fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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